jueves, 16 de enero de 2014

Policías que causen la muerte al cumplir su deber no serán juzgados

Iniciativa. Ley aprobada en el Congreso alcanza también a los militares y busca frenar inseguridad ciudadana.
Policías y militares estarán exentos de responsabilidad penal cuando causen lesiones o muertes en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas u otro medio de defensa, según un proyecto de ley aprobado por la sesión plenaria del Parlamento.
La iniciativa legislativa sancionada con 77 votos a favor y un solo voto en contra, según afirmó la presidenta de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, congresista Marisol Pérez Tello, permitirá dotar a los miembros de los institutos armados y policiales de mecanismos que puedan utilizar en legítima defensa propia y de terceros. Para ello, se dispone modificar el numeral 11 del artículo 20 del Código Penal, referido al uso de armas u otro medio de defensa.
El proyecto de ley presentado por las bancadas del fujimorismo y de Gana Perú y dictaminado por  la Comisión de Justicia y Derechos Humanos  tiene como fin contrarrestar la inseguridad ciudadana y combatir el crimen.
La sesión plenaria también aprobó el proyecto de ley que crea y regula el beneficio especial de salida del país para extranjeros que cumplen pena privativa de libertad, para cuyo efecto deberán cumplir determinados requisitos, entre ellos, cancelar la reparación civil que se les impuso.

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